Organización

Entidades Asociadas o Colaboradoras

No son miembros de la Asociación pero participan de como invitados de las actividades de la misma y pueden hacer un uso razonable de los servicios de la entidad. Es la figura ideal para aquellas entidades que estén valorando su proceso de membresía.

Miembro de pleno derecho

Son los miembros de la asociación que participan de las actividades y servicios de la misma. Tienen derecho a voto en la Asamblea General de la Entidad y eligen a la Junta Directiva.

Asamblea General

Es el máximo órgano de gobierno de la Entidad y está compuesta por todos los miembros de pleno derecho. Entre sus competencias está la elección de la Junta Directiva, la aprobación de presupuestos y cuentas anuales y la aprobación de planes estratégicos y anuales.

Comisiones

Los miembros de la asociación han de inscribirse a una comisión temática entre las comisiones permanentes de la Entidad:

  • Mujer, Igualdad y Derechos Sociales
  • Derechos Humanos, Política Migratoria e Inclusión
  • Educación, Juventud, Ocio y Tiempo Libre
  • Sostenibilidad, Vivienda y Medio Ambiente
  • Salud, Dependencia y Discapacidad

Los miembros de cada comisión eligen a su vez a un secretario de área que es el encargado de dirigir las sesiones de la comisión y se incorpora a la Junta Directiva.

Junta Directiva

La Junta Directiva es el órgano de representación de la Entidad que debe gestionar y representar los interés de la Asociación de acuerdo a las disposiciones y directivas de la Asamblea General. Se compone de un Presidente Electo por la Asamblea General, un tesorero, un secretario y , en su caso, un vicepresidente designados por el presidente y los secretarios de área electos en las comisiones permanentes.